DERECHO A
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LIMITACIONES
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NORMATIVA
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Adquirir un automotor nacional sin pagar IVA o importado a
valor FOB (valor del automóvil en su país de origen) sin pagar
impuestos.
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El beneficiario no debe ganar más de pesos 8.000 mensuales
aproximadamente. Su grupo familiar conviviente no debe ganar más de pesos
16.000 mensuales aproximadamente ni poseer bienes por más de pesos
309.000 aproximadamente. Se debe tener imposibilidad o dificultad para
viajar en transporte público de pasajeros. Tener el valor total en
efectivo. El automotor debe ser standard (el de menor valor en su
categoría).
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Poseer un símbolo internacional de libre tránsito y
estacionamiento.
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La persona con discapasidad o algún familiar conviviente
debe poseer autóvil. Se debe tener certificado de discapacidad expedido
por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con
Discapacidad.
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Jubilarse con 20 años de servicio y 45 de edad los
trabajadores dependientes o 50 los autónomos.
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Tener la capacidad laborativa reducida en un 33% como
mínimo. Haber trabajado los últimos 10 años inmediatos a la solicitud
de jubilación en estado de incapacidad laborativa. Estar afiliado al
Régimen Nacional de Previsión.
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Jubilarse a los 45 años de edad y/o 20 de servicio.
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Tener incapacidad visual (ceguera). Haber adquirido la
ceguera en un tiempo mínimo de 5 años antes de los 45 de edad o 20 de
servicio o, si ha ocurrido luego de dicho plazo, que se prolongue por un
espacio mínimo de 2 años consecutivos.
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Inscribirse a fin de obtener la concesión de un pequeño
comercio en alguna sede administrativa.
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Crear Talleres Protegidos de Producción con ayuda
económica estatal y beneficios impositivos.
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Presentación de proyectos y solicitud en el Ministerio de
Trabajo cuyo plazo de tramitación no es inferior a 1 año.
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Reclamar la plena accesibilidad al medio físico (espacios
libres como parques y plazass, baños públicos, edificios de uso público
como universidades o ministerios, edificios de viviendas, estaciones de
transportes públicos, quita de obstáculos en la vía pública como pozos
o carteles que impidan el pazo, etc).
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Solicitar la exención del pago de patentes de automotor.
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Previamente se debe poseer Símbolo Internacional de Libre
Tránsito y Estacionamiento (ver más arriba en este cuadro).
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No ser discriminado.
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Cobertura integral (100%) de los gastos de medicamentos.
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Libre elección de prestadores.
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Solicitar un "Pase Libre" en transporte público
(colectivo, tren, subte, avión) para la persona con discapacidad y de ser
necesario para su acompañante.
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Poseer certificado de discapacidad. Se debe elegir un solo
medio de transporte. En caso de ser para colectivos es para una sóla
linea. Para media y larga distancia se debe hacer una solicitud cada vez
que se tenga que viajar.
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Integrarse a la educación común.
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Recibir una asignación por hijo con discapacidad de
cualquier edad.
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Acreditar la discapacidad del hijo (a partir de ese mes se
recibirá la asignación).
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Ley 24.714 art. 8
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Tener una licencia especial por maternidad cuando el hijo
tuviera síndrome de down (6 meses sin goce de sueldo pero con una
asignación familiar igual al sueldo que percibiría si continuara
trabajando.
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Ser madre de un hijo con síndrome de down. Avisar al
empleador con certificados médicos que lo acrediten con una anticipación
mínima de 15 días a la culminación del período de prohibición de
trabajo por maternidad.
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Una cobertura total (100%) por parte del las Obras Sociales,
las Prepagas o el Estado que incluye: 1 Terapias y Rehabilitación
(estimulación
temprana-psicología-psicopedagogía-fonoaudiología-terapia
ocupacional-centro de rehabilitación psicofísica-centro educativo
terapéutico-rehabilitación motora-prótesis-descartables-sillas de
ruedas-pañales-odontología integral-estudios genéticos-y toda otra
rehabilitación o terapia). 2 Transporte (a pesos 0,35 el kilómetro
recorrido ida y vuelta más un 35% si la persona necesita ayuda para subir
y bajar). 3 Educación (tanto escuela especial como común y maestro/a
integrador/a). 4 Internación (hogar, residencia, centro de día, etc.). 5
Prevención (estudios de diagnóstico y control aunque no estén dentro de
los servicios que brinda la prepaga u obra social y aquellos que tengan
por fin prevenir o detectar tempranamente alguna discapacidad). 6 Grupo
Familiar (apoyo psicológico al grupo familiar-diagnóstico y orientación
a familiares de personas con discapacidad genéticas hereditarias). 7
Otras Prestaciones (Atención a cargo de especialistas que no pertenezcan
al cuerpo de profesionales de la obra social o prepaga pero que deban
intervenir indispensablemente).
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Demostrar la necesidad de la prestación cuya cobertura
integral se solicita. Poseer certificado de discapacidad.
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Solicitar una pensión no contributiva por invalidez.
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Poseer una discapacidad mínima 76% (física o mental). No
tener beneficios sociales. No tener ingresos ni bienes ni recursos de
cualqquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y su grupo
familiar. No tener familiares obligados a dar alimentos en condiciones de
brindarlos.
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Ley 18.910
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